¿DESDE ESTA NOTA CUANTAS COSAS CAMBIARON EN TORNO A LA LIBERTAD DE EXPRESION?
Hoy en Twitter el priodista Pablo Sirven dijo: "Cualquiera puede escribir o decir lo que quiera",dijo CFK.Lo q no dice es q del 83 para acá ésta es la época de más hostilidad a la prensa
Domingo, 23 de noviembre de 2008 | Hoy
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actualizada, 06072010 13:49
Martes, 6 de julio de 2010
En la reivindicación pública a Kimel, quien había sido condenado por calumnias e injurias, la Presidenta aseguró que “jamás hubo en la Argentina la libertad de prensa de hoy”, aunque “falta completar el otro derecho, el de libre expresión”, dijo.
Por Nicolás Lantos
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en mayo de 2009, condenó al Estado argentino por haber violado el derecho a la libertad de expresión en el caso del periodista Eduardo Kimel, penado por señalar la complicidad de un juez con el asesinato de cinco religiosos palotinos durante la última dictadura. La sentencia intimaba al Estado a reformar la legislación sobre calumnias e injurias, le ordenaba pagar una indemnización al periodista y a “realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad”. Ayer por la mañana, en la sede del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la presidenta Cristina Fernández saldó este último compromiso pendiente. Kimel había fallecido el 10 de febrero de este año, por lo que el acto tomó la forma de un emotivo homenaje. “No se puede sufrir cárcel por hablar u opinar, cualquiera sea la opinión”, sostuvo la Presidenta en el punto más alto de un discurso breve pero intenso. También aseguró que “jamás hubo en la Argentina la libertad de prensa de hoy”, aunque “falta completar el otro derecho, el de libre expresión, que por la concentración monopólica no se puede llevar a cabo”.
“La limitación de los delitos de calumnias e injurias en temas de interés público es el legado de Kimel”, había celebrado, un rato antes, Horacio Verbitsky, que ofició de anfitrión. Para el titular del CELS, el homenaje era la ocasión de “una reflexión del rol del periodismo en la relación con la sociedad y el poder político”, aunque la lupa estuvo puesta, toda la mañana, en el accionar endogámico de ciertos estratos del Poder Judicial. “En la Argentina existía el delito de opinión”, resaltó Verbitsky antes de agradecer a la Presidenta porque “decidió enviar al Congreso el proyecto armado por el CELS”, y también aprovechó para plantear: “Tenemos la esperanza de que, después de esta visita, el Gobierno avance con el acceso a la información”. Cristina Fernández le respondió con una sonrisa.
“No se puede sufrir cárcel por hablar u opinar, cualquiera sea la opinión, aunque no sea cierto –sostuvo a su turno CFK–. Cada uno debe hacerse cargo de lo que hace y dice. Es más, se tiene derecho a decir una mentira. En todo caso que se haga responsable económicamente por la mentira que dijo. Pero no que alguien vaya preso.” Fernández destacó que “jamás hubo en toda la historia de la Argentina una libertad de prensa similar” a la actual, ya que “cualquiera puede escribir lo que se le dé la gana”. Advirtió, sin embargo, que “falta completar la libertad de expresión, que hoy por la concentración monopólica no se puede llevar a cabo y, por eso, la sanción de la ley de medios”. La nueva norma, explicó, aplica “regulaciones para que no haya concentración y un monopolio de la palabra, y para que absolutamente todos puedan expresarse con libertad”.
La Presidenta aprovechó la ocasión para llamar la atención sobre “un sector de la Justicia”, el mismo estamento que en su momento condenó a Kimel y fue cómplice de la dictadura, que “decretó medidas cautelares que tornaban inaplicable” la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que “resultó aprobada por abrumadora mayoría en ambas cámaras” y “con un corte transversal de votos inédito”. Haciendo un poco de historia, Fernández recordó que el aval que le dio la Corte Suprema de Justicia al golpe de Estado contra Hipólito Yrigoyen en 1930 “fue el verdadero huevo de la serpiente” de la “doctrina de legalidad de los gobiernos de facto” en el país. El presidente de ese tribunal, recordó, era José Figueroa Alcorta, que antes había sido vicepresidente de Manuel Quintana y luego presidente de la Nación. “La división de poderes sólo se agita cuando se trata de gobiernos populares y democráticos, para denostarlos”, reflexionó la mandataria.
“Reconocer el derecho de las víctimas, esto hace que una sociedad sea democrática. Cuando es el Estado, a través de cualquiera de sus tres poderes, el que viola los derechos, estamos en un Estado predemocrático. En Eduardo Kimel estamos hoy cumpliendo un acto de reconocimiento a esa democracia”, resumió Cristina Fernández. La escoltaban, además de Verbitsky, el flamante canciller (y periodista) Héctor Timerman; el ministro de Justicia, Julio Alak, y el secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde. Entre los que se acercaron al acto se contaban periodistas como Magdalena Ruiz Guiñazú, Isidoro Gilbert, Rogelio García Lupo, José Ignacio López, Oscar Serrat, el editor de Perfil Jorge Fontevecchia y el director de Página/12, Ernesto Tiffenberg.
El caso de Eduardo Kimel fue el primero sobre libertad de expresión en este país que consiguió una sentencia por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El periodista había publicado La masacre de San Patricio, un libro en el que investigaba el asesinato de cinco religiosos de la orden de los palotinos en la iglesia San Patricio, en el barrio porteño de Belgrano, durante la última dictadura. El juez que había tenido a su cargo esa causa, Guillermo Rivarola, querelló a Kimel, que tras varias idas y vueltas fue penado con un año de prisión en suspenso y 20 mil dólares de indemnización. Mientras los asesinos y encubridores seguían libres, el que intentó correr el velo era el único condenado. Cuando el recurso extraordinario de la defensa fue rechazado, el CELS, junto al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), avanzaron con la presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que terminó con la denuncia al Estado argentino ante la corte internacional, que ordenó indemnizar a Kimel, intimó reformar la legislación sobre el tema (algo que el Congreso finalmente hizo en marzo de este año) y, finalmente, “realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad” como el de ayer.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-148941-2010-07-06.html
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Martes, 6 de julio de 2010
Por Horacio Verbitsky
El reconocimiento de la presidente CFK al periodista Eduardo Kimel sirve para reflexionar sobre el rol del periodismo, de la justicia, de las organizaciones de la sociedad civil y del gobierno nacional. El reconocimiento a Kimel fue una de las obligaciones que la Corte Interamericana de Derechos Humanos impuso al Estado argentino en 2008, como culminación de un caso planteado por el CELS y la ex asociación Periodistas en 2000. La idea era que el reconocimiento coincidiera con un nuevo aniversario del asesinato de cinco religiosos palotinos, el 4 de julio de 1976, pero como era domingo se postergó para el lunes 5.
En 1989, Kimel publicó su libro de investigación La masacre de San Patricio. Allí escribió que “la actuación de los jueces durante la dictadura fue, en general, condescendiente, cuando no cómplice de la represión dictatorial. En el caso de los palotinos, el juez Guillermo Rivarola cumplió con la mayoría de los requisitos formales de la investigación, aunque resulta ostensible que una serie de elementos decisivos para la elucidación del asesinato no fueron tomados en cuenta. La evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa, llevándola a un punto muerto”. Kimel fue querellado por el juez, que ya había ascendido a camarista.
En 1990, la jueza federal Amelia Berraz de Vidal me condenó a mí a un año de prisión y una indemnización de 10.000 dólares por desacato al ministro de la Corte Suprema Augusto Belluscio y en 1995 la jueza Angela Braidot condenó a Kimel a un año de prisión y a pagar una indemnización de 20.000 dólares por injurias a Rivarola. Kimel, dijo, “no se limitó a informar, sino que además emitió su opinión”, que ella consideró “innecesaria y sobreabundante”. Es decir, un delito de opinión. Ambas condenas fueron confirmadas por las respectivas cámaras de apelaciones y por la Corte Suprema de Justicia, anegada por una mayoría automática oficialista, y llegaron al sistema interamericano de derechos humanos. En mi caso, el gobierno nacional se comprometió a derogar el delito medieval del desacato, cosa que el Congreso hizo por unanimidad en 1993. Pero de inmediato todos los funcionarios comenzaron a presentar querellas por calumnias e injurias contra los periodistas que los incomodaban con sus informaciones y sus críticas.
En el caso de Kimel en 1996 la sala VI de la Cámara de Apelaciones revocó la condena e hizo la primera autocrítica por el rol de la justicia en aquellos años. Según los jueces Carlos Alberto González y Luis Ameghino Escobar, en democracia “no puede concebirse un periodismo dedicado a la tarea automática de informar sin opinar” y quienes ejercen una función pública “estamos expuestos a la crítica”. Su colega Carlos Alberto Elbert agregó que el Poder Judicial fue una “institución legitimante esencial del estado de excepción”, por lo cual la desconfianza de Kimel hacia quienes “fuimos subordinados al acta y estatuto del ‘proceso de reorganización nacional’ (que el camarista escribió con republicanas minúsculas y comillas) es una actitud comprensible” y sus afirmaciones deben interpretarse como “parte de un juicio histórico global que nos involucra a todos quienes protagonizamos esa etapa paralegal y trágica”.
Pero en 1998 el cardumen menemista en la Corte Suprema revocó esa decisión y ordenó que se dictara un nuevo fallo. Lo firmó en 1999 la sala IV de la misma cámara, que condenó a Kimel por su “ácida crítica genérica a quienes como jueces integraban en ese entonces el Poder Judicial”, lo cual no formaba parte de la causa e insistía en el delito de opinión. Kimel dijo: “Tengo un sentimiento de indignación. Mientras los asesinos siguen en libertad y los policías que encubrieron el caso también, el único procesado y condenado por la Justicia es el autor del libro que relata el episodio”. Para la Asociación Periodistas “el alto tribunal ha tomado la decisión política de transmitir un mensaje intimidatorio al conjunto de la prensa argentina”. En 2000, el CELS y Periodistas llevaron el caso al Sistema Interamericano de Protección a los Derechos Humanos, mientras proseguía la negociación entablada el año anterior con el Estado para la despenalización de las calumnias e injurias en casos de interés público. Los sucesivos gobiernos de Carlos Menem y Fernando de la Rúa ratificaron ese compromiso ante el Congreso y lo mismo hizo en su fugaz mandato de una semana Adolfo Rodríguez Saá. Durante su interinato a cargo del Poder Ejecutivo, el senador Eduardo Duhalde introdujo una corrección: sólo ofrecía beneficiar a los periodistas. El CELS y Periodistas lo rechazaron, ya que no se trataba de consagrar un privilegio corporativo sino de extender los márgenes de libertad para todos los ciudadanos.
Como pasaron siete años sin que el Estado cumpliera su compromiso, en 2007 la Comisión Interamericana lo denunció ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que es el órgano judicial del sistema. El gobierno de Néstor Kirchner se allanó a la demanda y, sin discutir, le pidió a la Corte que fijara las reparaciones. En 2008 el máximo tribunal interamericano ordenó a la Argentina dejar sin efecto la condena, adecuar el derecho interno a la Convención Americana en materia de libertad de expresión y realizar un acto público de desagravio a Kimel. El año pasado CFK firmó un proyecto elaborado por el CELS. El Congreso lo convirtió en la ley 26.551, por la cual nadie que informe u opine sobre temas de interés público pondrá en riesgo su libertad. Sólo faltó un puñado de votos de PRO en Diputados para que su aprobación fuera unánime en ambas cámaras, como ya había ocurrido con el desacato. Por desgracia, Kimel no llegó a ver el acto de ayer, porque tuvo una muerte prematura en febrero de este año. Pero estuvieron su mamá y su hija, quienes escucharon conmovidas que la despenalización representa su legado a favor del ejercicio pleno de la libertad de expresión. El CELS cumple también con el mandato de sus fundadores. Creado por familiares de víctimas de la represión, concluida la dictadura comenzó a trabajar por la afirmación y el perfeccionamiento de los derechos humanos en democracia, desde la sociedad pero en relación con los poderes públicos, con la intención de incidir en sus políticas, ya sea con un alivio a la situación horrorosa en las cárceles bonaerenses, la adopción de un procedimiento transparente para la elección de jueces federales, la nulidad de las leyes de impunidad, la defensa de los derechos de las personas privadas de su libertad por problemas psiquiátricos, la sanción de una nueva ley de servicios audiovisuales (en cuya autoría participó desde la Coalición por una Radiodifusión Democrática), o la derogación del vetusto Código de Justicia Militar, a partir de una causa en la que el organismo defendió a un oficial del Ejército sancionado sin derecho a defensa. Ahora es el turno de una ley de acceso a la información pública, para transparentar las cuestiones que interesan a la sociedad y que no pueden ser secretas. La aspereza del debate público, que hoy ninguna ley reprime, aunque algunos funcionarios no se hayan enterado, es un síntoma de la vitalidad de la democracia argentina.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/subnotas/148941-47833-2010-07-06.html
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ACTUALIZADA: 0182010
REPORTEROS SIN FRONTERAS
El 19 de noviembre de 2009 el Senado aprobó por unanimidad la reforma del código penal, eliminando de él cualquier posibilidad de condena a penas de cárcel por los delitos de “calumnia” (que incluye también la “difamación”) e “injurias”. La Cámara de los Diputados ya había aprobado, el pasado 28 de octubre, dicha reforma propuesta por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
“En el continente se va precisando la tendencia a despenalizar los delitos de prensa, con la adecuación de las legislaciones a las normas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La reforma impulsada por el gobierno argentino, y aprobada por el Congreso, significa una gran mejora legislativa en favor de la libertad de expresión. Argentina se suma así, entre otros, a Brasil, Uruguay y México, naciones latinoamericanas donde ya no se pueden condenar penalmente los delitos de prensa”, ha declarado Reporteros sin Fronteras.
Propuesta por Cristina Kirchner en el pasado septiembre, la reforma del código penal excluye de ese terreno los delitos de “calumnia” e “injurias” que, a partir de ahora, son solo competencia de las jurisdicciones civiles. Aprobado por unanimidad en el Senado, el cambio legislativo había conseguido una votación ampliamente favorable en la Cámara de los Diputados, con 154 votos afirmativos frente a 12 negativos.
Este cambio en la legislación argentina obedece a una recomendación expresa, del pasado mayo, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ante la que se recurrió en 1995 la sentencia de Eduardo Kimel, periodista y escritor condenado entonces a la pena de un año de cárcel y 20.000 pesos en concepto de daños y perjuicios (cantidad entonces equivalente en dólares USA), por “calumnia” e “injurias”, tras la publicación de su libro sobre la masacre de San Patricio, cuando tres sacerdotes y dos seminaristas fueron asesinados en dicha matanza ocurrida en los comienzos de la dictadura militar, en 1976. En la obra, Eduardo Kimel criticaba la lentitud de la justicia en el caso. El juez Guillermo Rivarola, que tuvo a su cargo la investigación entre 1976 y 1997, inició entonces un procedimiento contra él.
La reforma del código penal se ha producido muy cerca en el tiempo de la adopción de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA), que tuvo el apoyo de Reporteros sin Fronteras.
http://es.rsf.org/argentina-la-calumnia-y-la-injuria-salen-del-23-11-2009,35068.html
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¿DESDE ESTA NOTA CUANTAS COSAS CAMBIARON EN TORNO A LA LIBERTAD DE EXPRESION?- Jul 05
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8.11.09
No más calumnias e injurias
El Senado convirtió en ley la derogación de las penas de prisión para esos delitos pero mantuvo las sanciones económicas contra particulares. Quedaron a salvo las expresiones contra funcionarios porque en ningún caso se podrá condenar las “referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”. La CIDH había condenado al Estado Nacional a adecuar su legislación. TEXTO COMPLETO
El Senado de la Nación convirtió este miércoles en ley la derogación de las penas de prisión para los delitos de calumnias e injurias y, así, adecuó la legislación a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que condenó al Estado argentino a modificar sus normas de libertad de expresión.
La reforma al Código Penal mantiene multas de dinero para las injurias (de tres a 30 mil pesos) y para las calumnias (de 1.500 a 20 mil) pero establece que no serán sancionadas cuando se trate de “las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”. “Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos al honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público”, completó la reforma.
Así, quedan a salvo las expresiones y opiniones sobre los funcionarios públicos, un constante reclamo de los periodistas por considerar que las figuras de calumnias e injurias amenazaban la libertad de expresión, y solo se mantienen como pasibles de llevar a la Justicia los dichos sobre particulares.
El Senado aprobó por unanimidad, 51 votos a favor, el proyecto de ley que había enviado al Congreso en septiembre pasado la presidenta Cristina Kirchner y que a fines de octubre había contado con la media sanción de la Cámara de Diputados.
La iniciativa se basada en el fallo “Kimel” de la CIDH del 2 de mayo de 2008 que ordenó al Estado adecuar sus normas a la Convención Americana de Derechos Humanos. Eduardo Kimel fue condenado por un libro en el que cuestionó a un juez en la masacre de los padres palotinos, ocurrida durante la última dictadura militar, por lo que fue querellado.
El Código establecía en su artículo 109 que la calumnia o imputación falsa de un delito era penado con un mes a tres años de prisión, y el 110 que la injuria se castigaba con multa de 1.500 a 90 mil pesos o cárcel de un mes a un año.
“Para que la conducta no sea imputable, sólo se requiere no actuar con real malicia, conforme lo determina ya la jurisprudencia. Es decir, no reconocer la falsedad o, por lo menos, haber sido lo suficientemente diligente como para proporcionar información real”, explicó el senador por La Pampa Rubén Marín, presidente de la Comisión de Justicia.
“La finalidad y el eje central de esta modificación al Código Penal radica en adecuar nuestra legislación a los parámetros internacionales y constitucionales en materia de libertad de expresión, satisfaciendo así nuestra seguridad jurídica, cumpliendo con la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, agregó Marín.
También se reformaron otros artículos del Código. En el 117 se estableció que retractarse públicamente de una calumnia o injuria “no importará para el acusado la aceptación de su culpabilidad” y el 113 que condenaba también a quien reprodujera los delitos contra el honor. Ahora quedará exento de pena cuando el contenido de los dichos “no fuera atribuido en forma sustancialmente fiel a la fuente pertinente”.
Por último, se derogó el artículo 112 que condenaba a las personas acusadas de calumnias o injurias que se negarán a dar explicaciones en el juicio y se modificó el 111 en el que ahora se fijó que el acusado de injuria, excepto en los casos de interés público, deberá probar sus dichos cuando en el caso se hubiera iniciado una causa penal o si el querellante pidiere la prueba de la imputación dirigida contra él.
http://www.diariojudicial.com/contenidos/2009/11/19/noticia_0006.html
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Jueves 19 de noviembre de 2009 | Publicado en edición impresa
Es ley la eliminación de las calumnias e injurias
La Cámara alta aprobó el proyecto por unanimidad y sin debate
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La bancada oficialista del Senado logró ayer aprobar la ley de extracción compulsiva de ADN. Foto: LA NACION / Fernando Massobrio
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El Senado sancionó ayer una ley que elimina del Código Penal los delitos de calumnias e injurias, respondiendo así a un viejo reclamo de las organizaciones periodísticas y a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que le había reclamado a la Argentina que adecuara su legislación a los preceptos de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La ley fue sancionada por unanimidad de los 52 senadores presentes y pasó sin debate en la Cámara alta.
La mayoría de los bloques prefirieron insertar sus exposiciones para agilizar la continuidad de la sesión celebrada ayer en el Senado.
El proyecto fue presentado por la presidenta Cristina Kirchner 12 de septiembre pasado, mientras en el Congreso se debatía el controvertido proyecto oficialista de radiodifusión y al día siguiente de que un batallón de inspectores de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizaran un operativo fiscal sorpresivo en las instalaciones del diario Clarín .
La norma sancionada ayer ajusta los delitos de calumnias e injurias a la figura de la real malicia, doctrina fijada por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Sullivan versus The New York Times , en la década del 60.
En ese sentido, elimina la pena de prisión por la comisión de esos delitos, reemplazándola por una multa pecuniaria que la ley fija entre los 3000 y los 30.000 pesos.
En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o a las que no sean asertivas, se establece en la norma.
En el caso de las injurias, se aclara además que no configurarán ese delito "los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público".
Una de las razones esgrimidas por el Gobierno para enviar el proyecto al Congreso fue un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la Argentina, advirtiéndole que estos delitos tal como estaban configurados atentaban contra la libertad de expresión.
Fue en el caso Kimel, cuya sentencia se conoció en mayo del año pasado. El caso involucró al periodista Eduardo Kimel, quien fue querellado y condenado por calumnias por un juez de la dictadura militar, que había sido cuestionado por el autor de un libro sobre la masacre de los padres palotinos, ocurrida durante el último régimen de facto.
Según explicó al presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, el oficialista Rubén Marín (La Pampa), con este cambio "sólo se requiere no actuar con real malicia, es decir no reconocer la falsedad de las expresiones" para cometer los delitos de calumnias e injurias.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
"La finalidad y el eje central de esta modificación al Código Penal radica en adecuar nuestra legislación a parámetros internacionales en materia de libertad de expresión", agregó el senador por la provincia de La Pampa.
La iniciativa fue aprobada casi sin debate y la única objeción que se escuchó fue de parte de la peronista disidente Sonia Escudero, quien cuestionó que la ley estableciera de manera taxativa el monto de las penas pecuniarias.
"Al expresar la multa en pesos, con la inflación quedará desactualizada en poco tiempo, con lo cual estaría desapareciendo cualquier tipo de sanción", afirmó Escudero, quien pidió que se reemplazara el texto por alguna unidad más permanente, como la de cierta cantidad de sueldos mínimos. Apurado por obtener la sanción del proyecto, el oficialismo rechazó esa pretensión. .
http://www.lanacion.com.ar/1201576-es-ley-la-eliminacion-de-las-calumnias-e-injurias
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